Documentos / Demandas y Actos Judiciales
Acto de Embargo Retentivo u Oposición para Cobro de Costas Procesales
Acto de alguacil mediante el cual un abogado acreedor de costas procesales notifica a una o varias entidades bancarias una oposición para retener fondos, valores u objetos que pertenezcan o se adeuden al deudor, garantizando así el cobro de la deuda judicialmente reconocida. Lo utiliza el abogado beneficiario de un estado de gastos y honorarios aprobado judicialmente, a través de un alguacil, para trabar embargo retentivo sobre cuentas bancarias del deudor.
ACTO DE EMBARGO RETENTIVO U OPOSICIÓN
En el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, República Dominicana, hoy quince (15) de marzo del año dos mil veintiséis (2026).
A REQUERIMIENTO DE: Lic. Luis Fernández Peña, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral num. 001-0000000-0, domiciliado y residente en Calle Principal No. 10, Sector Centro, Santo Domingo, quien para los fines y consecuencias legales del presente acto hace elección de domicilio en Calle Principal No. 10, Sector Centro, Santo Domingo, lugar donde también ejerce sus funciones profesionales; quien me requiere a mí, Ministerial Ana Martínez Cruz, Alguacil ordinario/a de estrados, para que proceda a notificar y trasladarme a los lugares que se indicarán más adelante a los fines de instrumentar el presente acto de embargo retentivo u oposición.
FUNDAMENTO DEL REQUERIMIENTO
Que mediante Auto núm. 000-2026-00000, dictado por el Mag. Pedro Sánchez Núñez, Juez del Tribunal de Primera Instancia del Distrito Nacional, Cámara Civil y Comercial, fue aprobado el estado de costas y honorarios correspondiente al expediente núm. 000-2026-00000, en ocasión de la Sentencia núm. 000-2026-00000, la cual condenó al pago de las costas del procedimiento a la razón social Empresa Ejemplo, S.R.L., en su calidad de parte sucumbiente; sentencia que se anexa al presente acto para que sirva y valga de fundamento y título conforme a lo dispuesto por el artículo 559 del Código de Procedimiento Civil.
Y YO, Ministerial Ana Martínez Cruz, Alguacil que suscribe el presente acto, debidamente juramentado/a para el ejercicio de mis funciones, y actuando dentro del ámbito de mi jurisdicción, me he trasladado el día de hoy a los domicilios que se indicarán a continuación, a fin de notificar y practicar válidamente el presente embargo retentivo u…
PRIMERO
Que…
SEGUNDO
Q…
Y continúa con 11 secciones más:
- DEL MONTO DE LA DEUDA Y EL DUPLO LEGAL
- RESERVAS DE DERECHOS
Esta plantilla fue revisada contra los motivos más frecuentes por los que este tipo de acto es declarado nulo o inadmisible en sentencias reales de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Constitucional — el borrador se redacta cuidando explícitamente esos puntos.
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