Documentos / Demandas y Actos Judiciales

Instancia de Querella por Robo Sin Armas y Sin Violencia

📘 Actualizada al Código Procesal Penal 97-25 y al Código Penal 74-25

Documento mediante el cual un abogado, actuando en representacion de una victima, presenta formalmente ante el Procurador Fiscal una querella penal por el delito de robo sin armas y sin violencia, solicitando el inicio de la persecucion penal contra los señalados como autores. Lo utiliza un abogado apoderado de la victima de un robo para iniciar la accion penal a instancia privada.

Así queda este documento Fragmento real, generado con datos de ejemplo

MEMORANDUM DE QUERELLA

PARA ANTE: El Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional ASUNTO: Interposición de querella con constitución en actor civil en contra del señor Pedro Sánchez Núñez, por presunta violación a los artículos 224 y 225 del Código Penal dominicano (robo), en perjuicio de la señora María Gómez Díaz ACCIONANTE: María Gómez Díaz ACCIONADO: Pedro Sánchez Núñez ABOGADO ACTUANTE: Lic. Juan Pérez Rodríguez

Honorable Magistrado:

Tengo a bien dirigirme a usted, muy respetuosamente, para someter a su consideración la presente INSTANCIA DE QUERELLA, en nombre y representación de quien suscribe a continuación.

I. GENERALES DEL ABOGADO CONSTITUIDO

El Lic. Juan Pérez Rodríguez, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral num. 001-0000000-0, con estudio profesional abierto y establecido en Calle Principal No. 10, Sector Centro, Santo Domingo, lugar donde hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente acto, quien actúa en el presente caso como abogado apoderado especial de la víctima y querellante que se describe más adelante.

II. GENERALES DE LA VÍCTIMA Y QUERELLANTE

La señora María Gómez Díaz, de nacionalidad dominicana, mayor de edad, portadora de la Cédula de identidad y electoral num. 001-0000000-0, domiciliada y residente en Calle Duarte No. 25, Sector Modelo, Santiago, quien para los fines y consecuencias legales del presente proceso hace formal elección de domicilio en el estudio profesional de su abogado constituido, ubicado en Calle Principal No. 10, Sector Centro, Santo Domingo.

III. EN CUANTO A LOS ANTECEDENTES Y LOS HECHOS

Atendido: a que en fecha quince (15) de febrero del año dos mil veintiséis (2026), siendo aproximadamente las diez y treinta de la noche (10:30 p.m.), en el lugar ubicado en Calle Principal No…

Y continúa con 6 secciones más:

  • IV. EN CUANTO A LA FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
  • V. DISPOSITIVO
  • VI. PRUEBAS A CARGO
Antes de redactarlo Qué medios acoge la Segunda Sala en casación penal → Sale de leer las sentencias publicadas, una por una.
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Ej: Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional
Ej: Pedro Sánchez Núñez
Ej: María Gómez Díaz
Ej: Lic. Juan Pérez Rodríguez
Ej: 001-0000000-0
Ej: Calle Principal No. 10, Sector Centro, Santo Domingo
Ej: Santo Domingo
Ej: dominicana
Ej: Cédula
Ej: 001-0000000-0
Ej: Calle Duarte No. 25, Sector Modelo, Santiago
Ej: 2026-02-15
Ej: 10:30 p.m.
Ej: Calle Principal No. 10, Sector Centro, Santo Domingo
Ej: 25000
Ej: El día indicado, mientras la víctima se encontraba en su domicilio, personas desconocidas sustrajeron objetos de valor sin su consentimiento, dándose a la fuga con los mismos.
Ej: Sr. Luis Fernández Peña, cédula 001-0000000-0, residente en Calle Modelo No. 5, Santo Domingo
Ej: Copia de acta de denuncia policial y factura de los bienes sustraídos
Ej: Santo Domingo
Ej: 2026-03-01