Documentos / Demandas y Actos Judiciales

Querella con Constitución en Actor Civil por Violación a la Ley de Cheques

📘 Actualizada al Código Procesal Penal 97-25

Instancia judicial mediante la cual una persona que recibió un cheque sin fondos presenta acción privada, querella penal y se constituye en actor civil contra el emisor del cheque, solicitando sanción penal por estafa y reparación de daños y perjuicios. Es utilizada por abogados en representación de víctimas de cheques devueltos por falta de provisión de fondos.

Así queda este documento Fragmento real, generado con datos de ejemplo

QUERELLA CON CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL

PARA ANTE: Juzgado de Paz del Distrito Nacional ASUNTO: Querella con Constitución en Actor Civil por Violación a la Ley de Cheques ACCIONANTE: Juan Pérez Rodríguez ACCIONADOS: Pedro Sánchez Núñez (persona física) y Comercial Modelo, S.A.S. (persona jurídica) REFERENCIA LEGAL: Ley núm. 2859 sobre Cheques y sus modificaciones; Ley núm. 97-25, orgánica que instituye el Código Procesal Penal

Honorable Magistrado Presidente del Juzgado de Paz del Distrito Nacional:

Tenemos el honor de dirigirnos a usted, muy respetuosamente, en nombre y representación del señor Juan Pérez Rodríguez, de nacionalidad dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral núm. 001-0000000-0, domiciliado y residente en Calle Principal No. 10, Sector Centro, Santo Domingo, quien actúa por sí mismo y, en su caso, por intermedio de su apoderada especial Licda. Carmen Rosario Báez, para presentar formal QUERELLA CON CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL en contra del señor Pedro Sánchez Núñez, de nacionalidad dominicana, portador de la cédula de identidad y electoral núm. 001-0000000-0, domiciliado en Calle Duarte No. 25, Sector Modelo, Santo Domingo, y de la razón social Comercial Modelo, S.A.S., con RNC núm. 1-00-00000-0, por violación a la Ley núm. 2859 sobre Cheques y sus modificaciones, representados por su abogado apoderado especial Lic. Luis Fernández Peña, quien a los fines de la presente instancia y de todo el proceso que de ella derive, hace formal elección de domicilio procesal en su despacho profesional, a los fines de que las notificaciones a que haya lugar se efectúen válidamente en dicho lugar.

I. EN CUANTO A LOS HECHOS

1. Que el querellante, señor Juan Pérez Rodríguez, recibió del imputado señor Pedro Sánchez Núñez, en su calidad de representante y/o gestor de la entidad Comercial Modelo, S.A.S., el cheque número…

II. EN CUANTO A LA CALIFICACIÓN JURÍDICA

7.…

III. EN CUANTO AL FUNDAMENTO PROCESAL DE LA QUERELLA Y DE LA CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL

1…

Y continúa con 6 secciones más:

  • POR TALES MOTIVOS
Antes de redactarlo Qué medios acoge la Segunda Sala en casación penal → Sale de leer las sentencias publicadas, una por una.
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Ej: Juzgado de Paz del Distrito Nacional
Ej: Lic. Luis Fernández Peña
Ej: Juan Pérez Rodríguez
Ej: dominicana
Ej: Cédula
Ej: 001-0000000-0
Ej: Calle Principal No. 10, Sector Centro, Santo Domingo
Ej: Licda. Carmen Rosario Báez
Ej: Pedro Sánchez Núñez
Ej: dominicana
Ej: Cédula
Ej: 001-0000000-0
Ej: Calle Duarte No. 25, Sector Modelo, Santo Domingo
Ej: Comercial Modelo, S.A.S.
Ej: 1-00-00000-0
Ej: 000123
Ej: 2026-02-10
Ej: 150000.00
Ej: Banco Ejemplo, S.A.
Ej: 2026-02-20
Ej: Fondos insuficientes
Ej: 000-2026-00000
Ej: 2026-03-01
Ej: Ministerial Ana Martínez Cruz
Ej: 000-2026-00000
Ej: 2026-03-05
Ej: El querellante recibió un cheque como pago de una obligación comercial, el cual fue depositado en la entidad bancaria correspondiente y devuelto por falta de fondos, procediéndose a levantar el acto de protesto de ley.