Sentencia SCJ-PS-24-2422
Sentencia impugnada: Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís, del 7 de mayo de 2018.
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; la Ley núm. 25-91, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, del 10 de julio de 1997, los artículos 1, 2, 5, 6, 11, 13, 15 y 65 de la Ley núm. 3726-53, sobre Procedimiento de Casación, de fecha 29 de diciembre de 1953, modificada por la Ley núm. 491-08, de fecha 19 de diciembre de 2008, y 141 del Código de Procedimiento Civil; 1382, 1383 y 1384 del Código Civil dominicano; el artículo 93 de la Ley 2-23, del 17 de enero de 2023. FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Cecilio Torres y Ángely Massiel Reyes Bonilla, contra la sentencia civil núm. 449-2018-SSEN-00103, de fecha 7 de mayo de 2018, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Francisco de Macorís, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente Cecilio Torres y Ángely Massiel Reyes Bonilla, al pago de las costas procesales a favor del Lcdo. Carlos Álvarez Martínez, abogado de la parte recurrida, quien afirma haberlas avanzado en su totalidad. Firmado: Pilar Jiménez Ortiz, Justiniano Montero Montero, Samuel Arias Arzeno y Vanessa Acosta Peralta. César José García Lucas, Secretario General de la Suprema Corte de Justicia, certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por los jueces y secretario que figuran en la estampa.
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