Sentencia SCJ-PS-24-2424
Sentencia impugnada: Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, del 31 de marzo de 2023.
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República, los artículos 4 y 5 de la Ley núm. 3726-53, sobre Procedimiento de Casación, de fecha 29 de diciembre de 1953, modificada por la Ley núm. 491-08; 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16, 19, 21, 23, 26, 28, 29, 30, 33, 39, 41, 54 y 75 de la Ley núm. 2-23, del 17 de enero de 2023, sobre Recurso de Casación; artículos 12 y 13 de la Ley 339-22, del 21 de julio de 2022, que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial; Ley 189-11, sobre Desarrollo de Mercado Hipotecario y Fideicomiso; 131 del Código de Procedimiento Civil. FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA EL DEFECTO en contra de Petroholding Dominicana, S.A., por no haber producido sus actuaciones procesales en casación. SEGUNDO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Fiduciaria Universal, S.A., contra la sentencia civil núm. 1303-2023SSEN-00142, dictada el 31 de marzo de 2023, por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. TERCERO: COMPENSA las costas, por haber sucumbido todas las partes en puntos distintos de derecho. Firmado: Pilar Jiménez Ortiz, Justiniano Montero Montero, Samuel Arias Arzeno y Vanessa Acosta Peralta. César José García Lucas, secretario general de la Suprema Corte de Justicia, certifico que la presente sentencia fue firmada digitalmente por los jueces y el secretario que figuran en la estampa.
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