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Sentencia SCJ-PS-24-2463

Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana · Boletín Judicial de Noviembre de 2024
RecurrenteSeguros Pepín, S.A. y Eric Florentino Frías Checo
contra
RecurridoRamona Yohanny Ramos Paulino y Reynaldo Báez
SentenciaSCJ-PS-24-2463
Fecha2024-11-20
MateriaCivil
BoletínNoviembre de 2024
Páginas1362–1371

Sentencia impugnada: Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santiago, del 27 de enero de 2020.

Lo que falló la Suprema

la sentencia impugnada debe ser casada. 13) En virtud del artículo 20 de la Ley núm. 3726-53, sobre Procedimiento de Casación, procede enviar el asunto por ante una jurisdicción de igual categoría de la que proviene el fallo impugnado. 14) Procede compensar las costas procesales, en aplicación del artículo 65, numeral 3 de la referida Ley núm. 3726-53, por tratarse de una violación a reglas procesales cuyo cumplimiento está a cargo de los jueces. Por tales motivos, la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; la Ley núm. 25-91, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, del 10 de julio de 1997, la Ley núm. 3726-53, sobre Procedimiento de Casación, de fecha 29 de diciembre de 1953, modificada por la Ley núm. 491-08, de fecha 19 de diciembre de 2008; artículo 93 de la Ley núm. 2-23, sobre Recurso de Casación, de fecha 17 de enero de 2023; artículos 12 y 13 de la Ley 339-22, del 21 de julio de 2022, que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial. FALLA: PRIMERO: CASA la sentencia civil núm. 1497-2020-SSEN-00007, de fecha 27 de enero de 2020, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago; en consecuencia, retorna la causa y las partes al estado en que se encontraban antes de dictarse la indicada sentencia y, para hacer derecho, las envía por ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago, en las mismas atribuciones, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO: Compensa las costas del procedimiento. Firmado: Pilar Jiménez Ortiz, Justiniano Montero Montero, Samuel Arias Arzeno y Vanessa Acosta Peralta. Boletín Judicial núm. 1368 • Primera Sala • Suprema Corte de Justicia 1306

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