Sentencia SCJ-PS-24-2472
Sentencia impugnada: Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de San Pedro Macorís, del 29 de julio de 2022.
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República, la Ley núm. 25-91, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, del 10 de julio de 1997, los artículos 20 y 65, parte in fine del tercer párrafo de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación, de fecha 29 de diciembre de 1953, modificada por la Ley núm. 491-08, de fecha 19 de diciembre de 2008, 41 y 93 de la Ley núm. 2-23, sobre Recurso de Casación, de fecha 17 de enero de 2023, 141 del Código de Procedimiento Civil y 90 y 91 de la Ley núm. 183-02, del 21 de noviembre del 2002, que aprobó el Código Monetario y Financiero; FALLA: PRIMERO: CASA parcialmente la sentencia núm. 335-2022-SSEN00238, dictada en fecha 29 de julio de 2022, por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro Macorís, exclusivamente en cuanto al punto de partida del interés judicial, en consecuencia, retorna la causa y las partes al estado en que se encontraban antes de dictarse la indicada decisión en el aspecto casado y, para hacer derecho, las envía por ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, en las mismas atribuciones, de conformidad con los motivos antes expuestos. SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento. Firmado: Pilar Jiménez Ortiz, Justiniano Montero Montero, Samuel Arias Arzeno y Vanessa Acosta Peralta. César José García Lucas, Secretario General de la Suprema Corte de Justicia, certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por los jueces y secretario que figuran en la estampa.
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