Sentencia SCJ-PS-24-2490
Sentencia impugnada: Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, del 21 de marzo de 2024.
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; los artículos 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 12, 16, 18, 19, 20, 21, 26, 29 y 54 de la Ley núm. 2-23, sobre Recurso de Casación; 68, 69, 131 y 673 del Código de Procedimiento Civil; 152, 159, 167 y 168 de la Ley 189-11, sobre Desarrollo de Mercado Hipotecario y Fideicomiso. FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA EL DEFECTO de Altagracia Adolfina Beato de Jesús, en ocasión del recurso de casación interpuesto por Domingo Antonio Jiménez Minaya, contra la sentencia civil núm. 549-2024SSEN-00502, dictada en fecha 21 de marzo de 2024, por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo. SEGUNDO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Domingo Antonio Jiménez Minaya, contra la referida sentencia, por los motivos antes expuestos. TERCERO: COMPENSA las costas del proceso. Firmado: Pilar Jiménez Ortiz, Justiniano Montero Montero, Samuel Arias Arzeno y Vanessa Acosta Peralta. César José García Lucas, secretario general de la Suprema Corte de Justicia, certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por los jueces y secretario que figuran en la estampa.
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