Sentencia SCJ-PS-24-2531
Sentencia impugnada: Corte de Apelación de Puerto Plata, del 14 de noviembre de 2022.
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones en establecidas en la Constitución de la República; vista la Ley núm. 25-91, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, del 10 de julio de 1997, los artículos 1, 2, 4, 5 66 y 67 de la Ley núm. 3726-53, sobre Procedimiento de Casación, de fecha 29 de diciembre de 1953, modificada por la Ley núm. 491-08, de fecha 19 de diciembre de 2008; 26, 28, 29, 54, 56, 92 de la Ley núm. 2-23, del 17 de enero de 2023 sobre Recurso de Casación; 131, 452 y 1033 del Código de Procedimiento Civil; 2 de la Ley núm. 3-02 sobre Registro Mercantil; 44 y siguientes de la Ley núm. 834, del 15 de julio de 1978: FALLA: PRIMERO: PRONUNCIA el defecto de la parte recurrida, Deborah Marie Finley, por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por Playa Cafemba, S. R. L., Grzegorz Edward Jockzyk y Piotr Pawel Kacki, contra la sentencia civil núm. 627-2022-SSEN-00202 de fecha 14 de noviembre de 2022, dictada por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, por los motivos antes expuestos. Boletín Judicial núm. 1368 • Primera Sala • Suprema Corte de Justicia 2070
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