Sentencia SCJ-PS-25-0027
Lo que falló la Suprema
del sistema eléctrico, sino a una conexión clandestina e inadecuada instalada por la misma parte recurrida. Indica, por último, que la alzada ignoró el contenido de las certificaciones que demostraban la falta de contrato para el servicio de energía eléctrica y la conexión irregular. 9) La parte recurrida en defensa de la sentencia impugnada, y sobre el vicio ahora analizado argumenta, en esencia, que para que el vicio de desnaturalización de los hechos de la causa pueda conducir a la casación de la sentencia, es necesario que con tal desnaturalización la decisión no quede justificada con otros motivos en hecho y en derecho; que en cuanto a la falsedad en el testimonio y de la falta de la participación activa de la cosa inanimada bajo la guarda de la recurrente, tal y como establece la REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0027 Exp. núm. 034-2019-ECON-01274 (2024-R0244814) Partes: Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste) vs. Luis Omal Aquino Burgo, Pedro Reynoso del Rosario y Dominga Figueroa Moreno Materia: Reparación de daños y perjuicios (eléctrico) Decisión: Rechaza Ponente: Mag. Pilar Jiménez Ortiz Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: (809) 533-3191 • Dirección de Internet: http://
Leer la sentencia completa
Son 27 páginas dentro del Boletín Judicial de Enero de 2025. Te la extraemos sola, sin el resto del boletín. Se abre con una cuenta gratis.
Abrir el PDF (27 págs.)