Sentencia SCJ-PS-25-0067
Lo que falló la Suprema
LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones en establecidas en la Constitución de la República; la Ley núm. 25-91, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, del 10 de julio de 1997, los artículos 1, 2, 5, 6, 11, 13, 15 y 65 de la Ley núm. 3726-53, sobre Procedimiento de Casación, de fecha 29 de diciembre de 1953, modificada por la Ley núm. 491-08, de fecha 19 de diciembre de 2008, artículos 28 y 93 de la Ley 2-23, del 17 de enero de 2023, y artículo 141 del Código de Procedimiento Civil. FALLA PRIMERO: CASA parcialmente la sentencia civil núm. 335-2021-SSEN-00142, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís, en fecha 30 de abril de 2021, en lo relativo a la solicitud de indemnización por concepto de daños y perjuicios por habérsele notificado de forma subrepticia una sentencia oculta, en consecuencia, retorna la causa y las partes al estado en que se encontraban antes de dictarse la indicada sentencia respecto al aspecto casado y, para hacer derecho, las envía por ante la Primera Sala la Cámara Civil y Comercial de REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0067 Exp. núm. 001-011-2021-RECA-01779 Partes: C. V. L. International Insurance Services, S. L., vs Banco de Reservas de la República Dominicana Materia: Nulidad de sentencia de adjudicación y reparación de daños y perjuicios Decisión: CASA parcialmente Ponente: Mag. Samuel Arias Arzeno. Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: (809) 533-3191 • Dirección de Internet: http://
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