Sentencia SCJ-PS-25-0437
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; la Ley núm. 25-91, que crea la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, de 10 de julio de 1997; el artículo 44 de la Ley núm. 834, de fecha 15 de julio de 1978; los artículos 130 y 1033 del Código de Procedimiento Civil; y los artículos 14, 26, 29, 54 y 81 de la Ley núm. 2-23, sobre Recurso de Casación, de fecha 17 de enero de 2023: FALLA: PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Seguridad y Protección Alfa, S.R.L., en contra de la sentencia civil núm. 026-03-2024SSEN-00312, dictada en fecha 14 de junio de 2024, por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por los motivos expuestos. REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0437 Exp. núm. 037-2019-ECIV-00695 (2024-R0429154) Partes: Seguridad y Protección Alfa, S.R.L. vs. Banco Popular Dominicano, S. A., Banco Múltiple Materia: Reposición de dinero y reparación de daños y perjuicios Decisión: INADMISIBLE por extemporáneo Ponente: Mag. Justiniano Montero Montero Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: (809) 533-3191 •
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