Sentencia SCJ-PS-25-0449
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; la Ley núm. 2-23, del 17 de enero de 2023, sobre Recurso de Casación; artículos 12 y 13 de la Ley 339-22, del 21 de julio de 2022, que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial; 68, 69.5 y 70 del Código de Procedimiento Civil. FALLA: PRIMERO: DECLARA la nulidad del acto de emplazamiento en casación núm. 916/2024, instrumentado en fecha 6 de junio de 2024, por el ministerial José Miguel Rivera Guzmán, ordinario de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional, conforme los motivos antes expuestos. SEGUNDO: DECLARA CADUCO el recurso de casación interpuesto por Alice María Altagracia Rivas Perdomo, contra la sentencia civil núm. 035-2024-SSEN-00045, dictada en fecha 17 de enero de 2024, por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por los motivos antes expuestos. REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0449 Exp. núm.: 2023-0059750 (2024-R0269475) Partes: Alice María Altagracia Rivas Perdomo vs. Inversiones BH, S. R. L. Materia: Incidental en subrogación de embargo inmobiliario (derecho común) Decisión: NULO / CADUCO de oficio Ponente: Justiniano Montero Montero Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: (809) 533-3191• Dirección de Internet: http://
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