Sentencia SCJ-PS-25-0737
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; la Ley núm. 25-91, que crea la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, de 10 de julio de 1997; el artículo 44 de la Ley núm. 834, de fecha 15 de julio de 1978; y los artículos 4, 18, 26, 29, 30, 33, 39, 41 y 55 de la Ley núm. 2-23, sobre Recurso de Casación, de fecha 17 de enero de 2023: FALLA: PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por , , , , , , y , en contra de la sentencia civil núm. 627-2024-SSEN-00219, dictada en fecha 13 de diciembre de 2024, por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, por los motivos expuestos. REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0737 Exp. núm. 2 (2025-R0133603) Partes: , , , , , , y vs. , Ambioris , , y Materia: Partición de bienes sucesorios Decisión: INADMISIBLE por falta de aporte de copia auténtica de la sentencia Ponente: Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: •
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