Sentencia SCJ-PS-25-0769
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; la Ley núm. 25-91, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, del 10 de julio de 1997; los artículos 1, 2 y 65 de la Ley núm. 3726-53, sobre Procedimiento de Casación, de fecha 29 de diciembre de 1953, modificada por la Ley núm. 491-08, de fecha 11 de febrero de 2009; 93 de Ley núm. 223, del 17 de enero de 2023, sobre Recurso de Casación; 1319 del Código Civil; 68, 673, 677, 711, 728 y 729 del Código de Procedimiento Civil; 148, 149 y 156 de la Ley núm. 6186, de fecha 12 de febrero de 1963, sobre Fomento Agrícola. FALLA: PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia civil núm. 204-2022-SSEN-00047, de fecha 15 de febrero de 2022, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de La Vega, por los motivos precedentemente expuestos. REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25-0769 Exp. núm. -RECA-00634 Partes: vs. y la Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos Decisión: RECHAZA Materia: Nulidad de sentencia de adjudicación (Ley núm. 6186-63) Ponente: Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://
Leer la sentencia completa
Son 22 páginas dentro del Boletín Judicial de Abril de 2025. Te la extraemos sola, sin el resto del boletín. Se abre con una cuenta gratis.
Abrir el PDF (22 págs.)