Sentencia SCJ-PS-25-0861
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; los artículos 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 12, 16, 18, 19, 20, 21 y 55.2 de la Ley núm. 2-23, sobre Recurso de Casación: FALLA: PRIMERO: CASA la sentencia civil núm. 1303-2024-SSEN-00293, dictada en fecha 5 de agosto de 2024, por la Tercera Sala de la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en consecuencia, retorna la causa y las partes al estado en que se encontraban antes de dictarse la indicada sentencia y, para hacer derecho, las envía ante la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en las mismas atribuciones, por los motivos antes expuestos. REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-25 -0861 Exp. núm. 037-15-00385 (2024-R0491712) Partes: vs. Materia: Distracción de vehículo embargado y reparación de daños y perjuicios Decisión: Casa con envío Ponente: Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://
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