Sentencia SCJ-PS-26-1083
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República; la Ley núm. 25-91, que crea la Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, de fecha 15 de octubre de 1991, modificada por la Ley núm. 156-97, del 10 de julio de 1997; los artículos 14 párrafo I, 26, 29, 54, 79, 80, 81, 82, 85 y 86 de la Ley núm. 2-23, sobre Recurso de Casación, de fecha 17 de enero de 2023; 44 de la Ley núm. 834 de 1978; 1033 del Código de Procedimiento Civil; 12 y 13 de la Ley núm. 339-22, del 21 de julio de 2022, que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial. FALLA PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE, el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Ganaderos de Hato Mayor, Inc. (ASOGHAMA), contra la sentencia civil núm. 335-2025-SSEN-00265, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-1083 Exp. núm. 2 (2025-R1294132) Partes: Asociación de Ganaderos de Hato Mayor, Inc. (ASOGHAMA) vs. y Fahisal Materia: Nulidad de notificación de sentencia Decisión: INADMISIBLE por extemporáneo / a solicitud de parte Ponente: Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: •
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