Sentencia SCJ-PS-26-1179
Lo que falló la Suprema
la PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, por autoridad y mandato de la ley y en aplicación de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República, los artículos 10.1, 26, 29 y 55.2 de la Ley núm. 2 de 2023, del 17 de enero de 2023, sobre Recurso de Casación, 3 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ratificado por la República Dominicana el 11 de junio de 1991, 38, 39 y 56 de la Constitución de la República y Principios V y VI de La Ley núm. 136-03, de fecha 22 de julio de 2003, que instituye el Código para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; los artículos 12 y 13 de la Ley núm. 339-22, del 21 de julio de 2022, que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial. FALLA PRIMERO: PRONUNCIA el defecto de la parte recurrida, Minul , por los motivos antes expuestos. SEGUNDO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por , contra la sentencia civil núm. 0482-2025-SSEN-00006, dictada por la Corte REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA SCJ-PS-26-1179 Exp. núm. 2 (2025-R0485290) Partes: vs. Minul Materia: Guarda Decisión: Defecto/Rechaza Ponente: Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • http://
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