Sentencia SCJ-SS-24-1494
Lo que falló la Suprema
procede acoger la solicitud formulada por el Estado requirente, tal y como se establecerá en el dispositivo de la presente decisión. Por los motivos expuestos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, después de haber deliberado y visto la Constitución de la República, la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, de fecha en fecha 18 de enero de 1989 y sus Protocolos, del cual ambos países son signatarios, la Ley núm. 76-02, que instituye el Código Procesal Penal, modificado por la Ley núm. 10-15. Boletín Judicial núm. 1369 • Segunda Sala • Suprema Corte de Justicia 4193 Segunda Sala
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