Sentencia SCJ-SS-24-1535
Sentencia impugnada: Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, del 25 de enero de 2024.
Lo que falló la Suprema
Primero: Declara con lugar, de manera parcial, el recurso de casación interpuesto por la Lcda. Ramona Nova Cabrera, titular interina de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activo y Financiamiento del Terrorismo, y el Lcdo. Pedro Medina Quezada, procurador adjunto a dicha Procuraduría, contra la sentencia núm. 501-2024-SSEN-00006 dictada por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el 25 de enero de 2024, cuyo dispositivo aparece copiado en parte anterior del presente fallo. Segundo: Ordena la celebración de un nuevo juicio solo en cuanto a los imputados Yoel Soto Paredes y Rafael Antonio Gómez Andújar, para una nueva valoración probatoria en cuanto a la imputación y calificación de los hechos atribuidas a éstos, por lo cual, envía el presente proceso ante la Presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, para que designe un tribunal colegiado a fin de que conozca nuevamente el asunto, con respecto a ellos. Tercero: Rechaza los demás aspectos del recurso de casación interpuesto por Lcda. Ramona Nova Cabrera, Titular Interina de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activo y Financiamiento del Boletín Judicial núm. 1369 • Segunda Sala • Suprema Corte de Justicia 5030
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