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Sentencia TC/0299/26

Tribunal Constitucional de la República Dominicana

recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la señora Marielys Yarinet Santana Medina contra la Sentencia núm. 0030-1642-2025-SSEN-00147, dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintitrés (23) de abril de dos mil veinticinco (2025).

SentenciaTC/0299/26
ExpedienteTC-05-2025-0280
Fecha2 de junio de 2026
Páginas52

Lo que decidió el Tribunal

PRIMERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la señora Marielys Yarinet Santana Medina contra la Sentencia núm. 0030-1642-2025SSEN-00147, dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintitrés (23) de abril de dos mil veinticinco (2025). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, el recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 0030-1642-2025-SSEN-00147 antes descrita. TERCERO: DECLARAR INADMISIBLE la acción de amparo incoada por la señora Marielys Yarinet Santana Medina contra el Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE) y los señores Dioris Anselmo Astacio Pacheco y Madeleine Capellán, en sus respectivas calidades de alcalde y directora de Gestión Humana de dicho ayuntamiento. CUARTO: DECLARAR el presente proceso libres de costas, de conformidad con las disposiciones del artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011). QUINTO: ORDENAR la comunicación de la presente sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar; a la parte recurrente, la señora Marielys Yarinet Santana Medina, y a la parte recurrida, el Ayuntamiento de Santo Domingo Este (ASDE), y los señores Dioris Anselmo Astacio Pacheco y Madeleine Capellán, en sus respectivas calidades de alcalde y directora de Gestión Humana de dicho ayuntamiento.

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El texto íntegro, con los fundamentos y los votos de los magistrados, son 52 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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