Sentencia TC/0335/26
recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Junta de Retiro y el Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas contra la Sentencia núm. 0030-03-2025-SSEN-00059, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de febrero del dos mil veinticinco (2025).
Lo que decidió el Tribunal
PRIMERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Junta de Retiro y Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas contra la Sentencia núm. 0030-03-2025-SSEN-00059, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de febrero del dos mil veinticinco (2025). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, de conformidad con las precedentes consideraciones, el presente recurso de revisión y, en consecuencia, REVOCAR la Sentencia núm. 0030-03-2025-SSEN-00059, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de febrero del dos mil veinticinco (2025). TERCERO: DECLARAR inadmisible, por los motivos expuestos, la acción de amparo interpuesta por el señor Paulo Antonio Céspedes López contra el Ministerio de Defensa; la Junta de Retiro y el Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas. CUARTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, Ministerio de Defensa; Junta de Retiro y Fondo de Pensiones de las Fuerzas Armadas, a la parte recurrida, señor Paulo Antonio Céspedes López, y a la Procuraduría General Administrativa. QUINTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, según lo dispuesto por los artículos 72, parte in fine, de la Constitución y 7.6 y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011).
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