Sentencia TC/0411/26
acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los señores Juan Arismendi Mañón Jiménez, Manuel Valdez y Banca de Lotería Axel contra la Sentencia núm. SCJ-PS-25-2127, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de septiembre de dos mil veinticinco (2025).
Lo que decidió el Tribunal
PRIMERO: DECLARAR inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los señores Juan Arismendi Mañón Jiménez, Manuel Valdez y Banca de Lotería Axel contra la Sentencia núm. SCJPS-25-2127, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). SEGUNDO: DECLARAR el presente procedimiento libre de costas, de conformidad con las disposiciones del artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece 813) de junio de dos mil once (2011). TERCERO: ORDENAR la comunicación de la presente decisión, por Secretaría, a la parte accionante, señores Juan Arismendi Mañón Jiménez, Manuel Valdez y Banca de Lotería Axel, y a la Procuraduría General de la República. CUARTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional.
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