← Tribunal Constitucional

Sentencia TC/0553/26

Tribunal Constitucional de la República Dominicana

recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Alexis Frías Rivera, Francisco Bolívar Pérez Carrasco y Elizabeth Montano Reyes contra la Sentencia núm. SCJ-PS-25-0818, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de abril de dos mil veinticinco (2025).

SentenciaTC/0553/26
ExpedienteTC-04-2025-0939
Fecha15 de julio de 2026
Páginas35

Lo que decidió el Tribunal

PRIMERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Alexis Frías Rivera, Francisco Bolívar Pérez Carrasco y Elizabeth Montano Reyes, contra la Sentencia núm. SCJ-PS-25-0818, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de abril de dos mil veinticinco (2025). SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, el referido recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, contra la Sentencia núm. SCJ-PS-250818, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de abril de dos mil veinticinco (2025), de conformidad con las precedentes consideraciones. TERCERO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar a la parte recurrente, señores Alexis Frías Rivera, Francisco Bolívar Pérez Carrasco y Elizabeth Montano Reyes, y a la parte recurrida, señor Santo Eugenio Rodríguez. CUARTO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011). QUINTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional. Aprobada: Napoleón R. Estévez Lavandier, presidente; Miguel Valera Montero, primer sustituto; Eunisis Vásquez Acosta, segunda sustituta; José Alejandro

Leer la sentencia completa

El texto íntegro, con los fundamentos y los votos de los magistrados, son 35 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

Abrir el PDF (35 págs.)