Sentencia TC/0570/26
recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo, interpuesto por la sociedad comercial Girag Panamá, contra la Sentencia núm. 0030-1643-2025-SSEN-00001, dictada por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho (8) de enero de dos mil veinticinco (2025).
Lo que decidió el Tribunal
PRIMERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de amparo de cumplimiento interpuesto por la sociedad comercial Girag Panamá contra la Sentencia núm. 0030-1643-2025-SSEN00001, dictada por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho (8) de enero de dos mil veinticinco (2025). SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, el indicado recurso de revisión y, en consecuencia, CONFIRMAR la Sentencia núm. 0030-1643-2025-SSEN00001, dictada por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho (8) de enero de dos mil veinticinco (2025), con base en la motivación que figura en el cuerpo de esta decisión. TERCERO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11. CUARTO: ORDENAR la comunicación de esta sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, sociedad comercial Girag Panamá; y a las partes recurridas, Dirección General de Aduanas, Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de la provincia Santo Domingo y la Procuraduría General Administrativa.
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El texto íntegro, con los fundamentos y los votos de los magistrados, son 53 páginas. Se abre con una cuenta gratis.
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