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Sentencia TC/0571/26

Tribunal Constitucional de la República Dominicana

recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los señores Amalia Carolina Rivera Sánchez y Andrés Liétor Martínez contra la Sentencia núm. 1531-2023-SSEN-00252, dictada por la Novena Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diecinueve (19) de diciembre de dos mil veintitrés (2023).

SentenciaTC/0571/26
ExpedienteTC-05-2025-0151
Fecha16 de julio de 2026
Páginas47

Lo que decidió el Tribunal

PRIMERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, el recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por los señores Amalia Carolina Rivera Sánchez y Andrés Liétor Martínez, contra la Sentencia núm. 1531-2023-SSEN-00252, dictada por la Novena Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diecinueve (19) de diciembre de dos mil veintitrés (2023), por haber sido interpuesto en tiempo hábil y conforme las normas que rigen la materia. SEGUNDO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, el referido recurso y, en consecuencia, CONFIRMAR la Sentencia núm. 1531-2023-SSEN-00252, por los motivos expuestos. TERCERO: DECLARAR el presente recurso libre de costas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72, in fine, de la Constitución, y los artículos 7.6 y 66 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011). CUARTO: ORDENAR, por Secretaría, la comunicación de la presente sentencia a la parte recurrente, Amalia Carolina Rivera Sánchez y Andrés Liétor Martínez; a la parte recurrida, Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y al señor Juan José Hidalgo Acera, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: DISPONER que la presente decisión sea publicada en el Boletín del Tribunal Constitucional. Aprobada: Napoleón R. Estévez Lavandier, presidente; Miguel Valera Montero,

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