Sentencia TC/0689/26
acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el señor Víctor Eddy Mateo Vásquez contra el Decreto núm. 308-06, emitido por el Poder Ejecutivo el veinticuatro (24) de julio del año dos mil seis (2006).
Lo que decidió el Tribunal
PRIMERO: DECLARAR admisible, en cuanto a la forma, la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el señor Víctor Eddy Mateo Vásquez contra el Decreto núm. 308-06, dictado por el Poder Ejecutivo en fecha veinticuatro (24) de julio del año dos mil seis (2006). SEGUNDO: ACOGER, en cuanto al fondo, la presente acción de inconstitucionalidad y DECLARAR no conforme con la Constitución de la República el Decreto núm. 308-06, emitido por el Poder Ejecutivo en fecha veinticuatro (24) de julio del año dos mil seis (2006). TERCERO: DIFERIR los efectos de la inconstitucionalidad decretada por esta sentencia por el término de dos (2) años, contado a partir de su notificación, de conformidad con lo expuesto en el cuerpo de la misma. CUARTO: EXHORTAR al Congreso Nacional para que en un plazo no mayor de dos (2) años, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, legisle en torno a la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión en horario nocturno. QUINTO: DECLARAR el presente procedimiento libre de costas, de conformidad con las disposiciones del artículo 7.6 de la Ley núm. 137-11,
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