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Sentencia 00014-2014__3552-000

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia00014-2014__3552-000
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: SE ACUMULA, para ser fallado por la sentencia que decida el fondo, pero por disposiciones distintas, por los motivos precedentes, el medio de inadmisión presentado por el recurrido y por el Procurador General Administrativo. SEGUNDO: SE OTORGA un plazo de quince (15) días a la parte recurrente, señora RAIDIRIS ESMELI FELIPE GONZÁLEZ, para que produzca sus medios de defensa y conclusiones al fondo, cuyo plazo comenzará a correr a partir de la notificación de esta sentencia; y vencido este plazo y notificado el escrito de defensa de la parte recurrente a sus contrapartes en este proceso, se le otorga también un plazo de quince (15) días, que comenzará a contarse a partir de esta notificación, tanto a la parte recurrida, Dirección General de Impuestos Internos (DGII), como al Procurador General Administrativo, para que produzcan sus medios de defensa y conclusiones formales al fondo del presente caso, todo con relación al Recurso Contencioso Tributario incoado por la señora RAIDIRIS ESMELI FELIPE GONZÁLEZ, en fecha 27 de septiembre del año 2012, contra la Resolución de Determinación por Rectificativa ALPPIFIS No. 0096-2012 y la Resolución de Reconsideración No. 896-12, emitidas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII); que estos plazos otorgados valen puesta en mora de concluir al fondo sobre el caso de que se trata, para todas las partes. TERCERO: ORDENA, la notificación de la presente sentencia a la parte recurrente, señora RAIDIRIS ESMELI FELIPE GONZÁLEZ, a la recurrida, Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. FEDERICO FERNÁNDEZ DE LA CRUZ Juez Presidente RAFAEL CIPRIÁN JORGE LUIS REYES LARA Juez Juez Suplente EVELIN GERMOSEN Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. EVELIN GERMOSÉN Secretaria General.

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 7 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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