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Sentencia 00023-2015__4060-000

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia00023-2015__4060-000
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: RECHAZA el medio de inadmisión propuesto por el PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO y la recurrida, DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, conforme los motivos indicados. SEGUNDO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma el Recurso Contencioso Tributario, incoado por la recurrente, razón social RLM SUMINISTROS MÉDICOS, S. R. L., contra la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en fecha 22 de octubre del 2013, por haber sido interpuesto conforme los preceptos legales que rigen la materia. TERCERO: ACOGE parcialmente en cuanto al fondo, el Recurso Contencioso Tributario, incoado por la recurrente, razón social RLM SUMINISTROS MÉDICOS, S. R. L., y en consecuencia: a) ORDENA a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, el despacho de las mercancías correspondientes a la Declaración No.20050-IC01-1308-002DF5, consignado a favor de la Empresa RLM SUMINISTROS MÉDICOS, SRL, luego de haberse cumplido con el pago de los derechos e impuestos y tasas correspondientes, y la tasa por servicio aduanero, es decir los montos de RD$1,240,913.47 por concepto de impuestos y derechos liquidados y RD$2,067,471.82 por concepto de multa; b) modifica en parte el informe sobre liquidación, realizado por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, de fecha 21 de agosto de 2013, eliminando la sanción del 20% ascendente a la suma de RD$206,747.18, ordenando re-liquidar el monto a pagar conforme lo decidido, confirmando en los demás aspectos la misma, en virtud de los motivos indicados. CUARTO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente, razón social RLM SUMINISTROS MÉDICOS, S. R. L., a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS y al Procurador General Administrativo. QUINTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. DIOMEDE Y. VILLALONA GUERRERO Juez Presidente MILDRED I. HERNÁNDEZ GRULLÓN RAFAEL A. BÁEZ GARCÍA Jueza Juez EVELIN GERMOSÉN Secretaria General Dada y firmada ha sido la Sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. EVELIN GERMOSÉN Secretaria General

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 14 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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