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Sentencia 001-2006__1685-001
Lo que falló el Tribunal
Primero: Declara, bueno y válido el presente recurso contencioso tributario en cuanto a la forma. Segundo: Rechaza, en cuanto al fondo el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 25 de noviembre del año 2004, por el Banco Popular Dominicano, C. por A., por carecer de base legal y en consecuencia confirma en todas sus partes la resolución ut-supra citada. Tercero: Ordena, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, al Banco Popular Dominicano, C. por A., y al Magistrado Procurador General Tributario. Cuarto: Ordena, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. Firmado: Yadira de Moya K., Julian A. Henriquez P., Rafael Acosta Cabral, Ana Luisa Smith Peña, Dada y firmada ha sido la Sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresado, la que fue leída por mí, Secretaria que Certifica. Ana Luisa Smith Peña,
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