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Sentencia 00103-2014__4588-001

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia00103-2014__4588-001
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: RECHAZA el medio de inadmisión planteado por la Dirección General de Impuestos Internos y el Procurador General Administrativo, por los motivos expuestos anteriormente. SEGUNDO: ACOGE como bueno y válido el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por IGNACIO POLANCO LOPEZ, en fecha 20 de abril del año 2011, en contra de la Resolución de Reconsideración No. 17211, de fecha 4 de marzo del año 2011, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). TERCERO: En cuanto al fondo, RECHAZA el presente Recurso Contencioso Tributario, en razón de que el recurrente no aportó pruebas suficientes capaces de hacer variar los resultados de las rectificativas practicadas tanto a la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2007, como a las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), correspondientes a los periodos fiscales de mayo 2007, enero, febrero, marzo y abril 2008. CUARTO: DECLARA el presente proceso libre de costas. QUINTO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por secretaría a la parte recurrente IGNACIO POLANCO LOPEZ, a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo. SEXTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. SERGIO ANTONIO ORTEGA Juez Presidente FRANKLIN CONCEPCIÓN ACOSTA FERNANDO FERNÁNDEZ CRUZ Juez Juez EVELIN GERMOSEN Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que Certifica. E V E L I N G E R M O S E N Secretaria General

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 12 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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