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Sentencia 0030-02-2023-SSEN-00825
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: En cuanto a la forma, DECLARA regular y válido, el presente recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 26 de junio del año 2023, por la entidad CONSULTORA Y CONSTRUCTORA HIDRAULICA SANITARIA CARVAJAL, S.R.L., contra la Resolución de Reconsideración núm. RR-002773-2018 de fecha 18 de mayo del año 2023, emitida por la 21 Ver artículo 81 del Código Tributario, que dispone: Cuando exista riesgo para la percepción del pago de los créditos tributarios o de las sanciones pecuniarias por infracciones, como consecuencia de la posible desaparición de los bienes sobre los cuales hacer efectivos dichos créditos o sanciones la Administración Tributaria podrá requerir las siguientes medidas conservatorias sobre dichos bienes: 1. Embargo conservatorio. 2. Retención de bienes muebles. 3. Nombramiento de uno o más interventores. 4. Fijación de sellos y candados. 5. Constitución en prenda o hipoteca. 6. Otras medidas conservatorias. Párrafo I. Para el ejercicio de estas vías de ejecución no se requerirán los procedimientos establecidos en el Derecho Común del otorgamiento del juez competente, si no los procedimientos especiales establecidos en este Código. 22 Ver artículo 90 del Código Tributario, que dispone: En contra de la Resolución que ordena las medidas conservatorias procederá el Recurso Contencioso Tributario por ante el Tribunal Contencioso Tributario.
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