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Sentencia 0030-02-2024-SSEN-00798

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana · Primera Sala
RecurrenteGemar SRL
contra
RecurridoDireccion General de Impuestos Internos, Procuraduría General Administrativa
Sentencia0030-02-2024-SSEN-00798
Expediente2024-0015666
Fecha2024-10-11
MateriaContencioso Tributario
Páginas31

Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA regular y válido, en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la entidad GEMAR, S.R.L, en fecha 14 de febrero del 2024, contra la Resolución de Reconsideración núm. RR-001559-2023, de fecha 03 de enero del 2024, emitida por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por cumplir con los requisitos legales previstos para la materia. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZA el referido recurso, en consecuencia, CONFIRMA en todas sus partes la Resolución de Reconsideración núm. RR-001559-2023, de fecha 03 de enero del 2023, por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), en razón de las motivaciones y consideraciones expuestas en el cuerpo de la presente decisión. TERCERO: DECLARA compensadas las costas del presente proceso. CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada vía Secretaría del Tribunal, a la parte recurrente GEMAR S.R.L, a la parte recurrida DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), así como al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. QUINTO: DISPONE que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. La presente sentencia fue firmada digitalmente, en fecha once (11) del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), por los magistrados LUISA N. DEL CARMEN CANAÁN P., Jueza Presidente, ALINA MORA DE MÁRMOL y WILLIAM R. ENCARNACIÓN MEJÍA, jueces, que integran la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, y por ÁNGELA R. GONZÁLEZ L, Secretaria Auxiliar el Tribunal Superior Administrativo. Fin del Documento. "Certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por los jueces y/o secretaria que figuran en la estampa”.

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 31 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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