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Sentencia 0030-03-2021-SSEN-00232
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: ACOGE el petitorio de la parte recurrente, DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) y la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, en consecuencia, declara INADMISIBLE la presente demanda en nulidad de acto administrativo, interpuesta por la razón social DOMINICAN HOTEL REGISTER COMPANY (DOTERCO) SRL., en fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), por ausencia del acto administrativo objeto de la presente demanda, en franca violación de las formalidades establecida en los artículos 23 de la Ley núm. 1494 y 158 del Código Tributario, que instituye la jurisdicción contenciosa administrativa, por los motivos precedentemente expuestos. SEGUNDO: Declara el proceso libre de costas, por tratarse de un recurso sobre materia impositiva, de conformidad a los establecido en el artículo 60 de la Ley 1494, que instituye la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. TERCERO: Ordena a la secretaria general, que proceda a la notificación de la presente sentencia por las vías legales disponibles, a la parte recurrente, razón social DOMINICAN HOTEL REGISTER COMPANY (DOTERCO), a la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), así como a la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Nuestra sentencia así se pronuncia, ordena y firma. La presente sentencia fue revisada, aprobada y firmada vía electrónica, por los magistrados ANTONIO O. SÁNCHEZ MEJÍA, CECILIA I. BADIA ROSARIO y FRANNY ML. GONZÁLEZ CASTILLO, quienes integran la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, y por LASSUNSKY D. GARCÍA VALDEZ, Secretaria General del Tribunal Superior Administrativo.
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