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Sentencia 0030-03-2023-SSEN-00376
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA buena y válida la Solicitud de Adopción de Medida Cautelar, interpuesta en fecha 03 de julio de 2023, por los señores CONSTANTINO MIYAR PEREZ y ALBERTO JAVIER MIYAR PEREZ, por conducto de sus abogados constituidos y apoderados los Licdos. Martín Arturo Ovalles Beevers y Jesús Rodríguez Pimentel, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por haber sido realizada conforme a derecho. SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo, la Solicitud de Medida Cautelar, interpuesta por CONSTANTINO MIYAR PEREZ y ALBERTO JAVIER MIYAR PEREZ, en fecha 03 de julio de 2023, en contra de la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por las motivaciones esbozadas en el cuerpo de la presente sentencia. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte impetrante, señores CONSTANTINO MIYAR PEREZ y ALBERTO JAVIER MIYAR PEREZ, a la parte impetrada, DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), y a la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, para los fines procedentes. CUARTO: DECLARA el presente proceso libre del pago de las costas procesales, de conformidad con el artículo 60 de la Ley núm. 1494, de fecha 09 de agosto de 1947, que instituye la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. QUINTO: DISPONE que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo, según el artículo 38 de la Ley núm. 1494, de fecha 09 de agosto de 1947, que instituye la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La presente sentencia fue revisada, aprobada y firmada vía electrónica, por los magistrados ANTONIO O. SÁNCHEZ MEJÍA, MARÍA GUILLERMINA CALDERÓN ABREU y CECILIA I. BADIA ROSARIO, quienes integran la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, y por CORAIMA C. ROMÁN POZO, Secretaria General del Tribunal Superior Administrativo.
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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 22 páginas. Se abre con una cuenta gratis.
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