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Sentencia 0030-03-2023-SSEN-00523
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la presente solicitud de Medida Cautelar, de fecha 17 de agosto del año 2023, interpuesta por sociedad GRUPO SOLID DOMINICANA S.A.S, por intermedio de su abogada constituida y apoderada especial la Licda. Lourdes Acosta Almonte contra la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por haber sido realizada conforme a la ley y al derecho. SEGUNDO: RECHAZA en el fondo, la referida solicitud de medida cautelar, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente decisión. TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la parte impetrante sociedad GRUPO SOLID DOMINICANA S.A.S., a la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), parte impetrada, y a la PROCURADURIA GENERAL ADMINISTRATIVA, de acuerdo con los artículos 42 y 46 de la Ley núm. 1494, de fecha 09 de agosto de 1947, que instituye la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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