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Sentencia 0030-04-2023-SSEN-00867

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana · Tercera Sala
RecurrenteGrupo Goris S R L
contra
RecurridoDIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS, Procuraduria General Administrativa (PGA)
Sentencia0030-04-2023-SSEN-00867
Expediente0030-2021-ETSA-03383
Fecha2023-10-27
MateriaContencioso Tributario
Páginas15

Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el recurso contencioso tributario depositado en fecha 20 de diciembre de 2021, por la entidad GRUPO GORIS, S.R.L., contra la Resolución de Reconsideración núm. RR-000771-2020, de fecha 27 de octubre de 2021, dictada por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por cumplir con las leyes aplicables a la materia. SEGUNDO: ACOGE parcialmente en cuanto al fondo, el indicado recurso; y, en consecuencia, REVOCA la Resolución de Reconsideración núm. RR-000771-2020, de fecha 27 de octubre de 2021, emitida por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), dejándolo sin efectos legales y jurídicos, por lo que, DECLARA PRESCRITA la acción para exigir a GRUPO GORIS, S.R.L., el cobro del Impuesto sobre la Renta del periodo fiscal 2015, así como del ITBIS 8 La Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, en su artículo 10, dispone “Todo acto administrativo se considera válido en tanto su invalidez no sea declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional de conformidad a esta ley”. “El significado de presunción de validez (...) significa únicamente que ha de entenderse transferida al destinatario de la resolución la carga de impugnar los actos de la administración, para evitar que esa presunción de ser conforme a Derecho los convierta en inmunes ante la pasividad que supone el transcurso de los plazos impugnatorios”.

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 15 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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