← Tribunal Superior Administrativo
Sentencia 0030-04-2024-SSEN-00481
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el recurso contencioso tributario depositado en fecha 27 de diciembre de 2023, por la entidad ENVIROGOLD (LAS LAGUNAS) LIMITED, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por haber sido hecho conforme las disposiciones que rigen la materia. SEGUNDO: ACOGE en cuanto al fondo el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la entidad ENVIROGOLD (LAS LAGUNAS) LIMITED, en contra de la Resolución de Providencia núm. CP-B23-000010 de fecha 11 de septiembre de 2023 y la Resolución de Providencia núm. CPB23-000023 de fecha 28 de noviembre de 2023, emitidas por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), contentiva de la providencia que ordena medidas conservatorias, en consecuencia, ORDENA el levantamiento de las medidas conservatorias o precautorias sobre los bienes muebles e inmuebles de la entidad ENVIROGOLD (LAS LAGUNAS) LIMITED, por medio de la decisión citada, dejándola sin efectos legales y jurídicos, por los motivos expuestos. TERCERO: DECLARA el proceso libre de costas. CUARTO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a las partes y a la PROCURADURIA GENERAL ADMINISTRATIVA. QUINTO: DISPONE que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. La presente sentencia fue firmada digitalmente en fecha veintiséis (26) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro (2024), por los magistrados MERY LAINE COLLADO TACTUK, Jueza Presidente; NARCISO DE J. ACOSTA N., Juez, y WILLYS DE JESUS NUÑEZ M., Juez, quienes integran la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, y por CORAIMA C. ROMAN POZO, secretaria general del Tribunal Superior Administrativo. “Certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por los jueces y/o secretaria que figuran en la estampa.”
Leer la sentencia completa
El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 15 páginas. Se abre con una cuenta gratis.
Abrir el PDF (15 págs.)