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Sentencia 0030-1642-2021-SSEN-00225
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: RECHAZA los medios de inadmisión fundados en las inobservancias a los requerimientos del artículo 144 de la Ley núm. 11-92, del 16 de mayo de 1992 (Código Tributario Dominicano) modificado por el artículo 5 de la ley 13-07, y 158 de la Ley núm. 11-92, del 16 de mayo de 1992 (Código Tributario Dominicano) formulados por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) a los que se adhirió la PROCURADURIA GENERAL ADMINISTRATIVA, por las razones expuestas. SEGUNDO: DECLARA regular y válido en cuanto a la forma el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por REFRITECNICA PEREZ MARTINEZ, S.R.L., en fecha 17/10/19, ante este Tribunal, por haber sido incoado de acuerdo a las disposiciones que rigen la materia. TERCERO: en cuanto al fondo RECHAZA el presente recurso, por los motivos expuestos en el cuerpo de la sentencia. CUARTO: DECLARA compensadas las costas del presente proceso. QUINTO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por secretaría a la parte recurrente REFRITECNICA PEREZ MARTINEZ, S.R.L., a la parte recurrida DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) y al PROCURADUR GENERAL ADMINISTRATIVO. SEXTO: Ordena que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. La presente sentencia fue revisada, aprobada y firmada vía electrónica, por los magistrados FRANKLIN E. CONCEPCIÓN ACOSTA, Juez presidente; MILDRED I. HERNANDEZ GRULLON, Jueza, BAYOAN A. RODRIGUEZ PORTALATIN, Juez; y CORAIMA C. ROMAN POZO, secretaria auxiliar del Tribunal Superior Administrativo.
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