← Tribunal Superior Administrativo
Sentencia 0030-1642-2023-SSEN-00585
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA regular y válido, en cuanto a la forma, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 14 de septiembre de 2022, por la razón social PROYECTOS AMBIENTALES CPA, S.R.L., contra la resolución de reconsideración núm. RR-002789-2018, de fecha 14 de marzo de 2018, emitida por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por cumplir con los requisitos necesarios y aplicables al efecto. SEGUNDO: ACOGE, parcialmente, en cuanto al fondo, el recurso contencioso tributario interpuesto por la razón social PROYECTOS AMBIENTALES CPA, S.R.L., y, en consecuencia: a) REVOCA la resolución de reconsideración núm. RR-002789-2018 de fecha 14 de marzo de 2018, emitida por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), únicamente, en lo referente a requerir del contribuyente, PROYECTOS AMBIENTALES CPA, S.R.L., los períodos fiscales de enero, febrero, abril, septiembre, octubre y noviembre de 2013, e Impuesto Sobre la Renta (ISR), correspondiente al ejercicio fiscal de 2012, por los mismos encontrarse prescritos, anulando consecuentemente, las sanciones moratorias e indemnizatorias que fueron impuestas sobre dichos períodos fiscales por efecto de la prescripción; conforme los motivos que se hicieron constar en el cuerpo de esta decisión. b) CONFIRMA, en los demás aspectos, la resolución de reconsideración núm. la resolución de reconsideración núm. RR-002789-2018, de fecha 14 de marzo de 2018, emitida por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), respecto a requerir el pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), de los períodos fiscales de enero, marzo, junio y septiembre de 2014; septiembre de 2015 y julio de 2016 y el Impuesto Sobre la Renta (ISR), del ejercicio fiscal correspondiente al 2014, por los mismos encontrarse dentro del plazo hábil para su requerimiento, conforme los motivos que fueron expuestos. TERCERO: DECLARA compensadas las costas del proceso, por los motivos expuestos.
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