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Sentencia 0030-1642-2024-SSEN-00440

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana · Cuarta Sala
RecurrenteInversiones Bruselas SRL
contra
RecurridoDIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS, Procuraduria General Administrativa (PGA)
Sentencia0030-1642-2024-SSEN-00440
Expediente2023-0025561
Fecha2024-07-08
MateriaContencioso Tributario
Páginas29

Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 06 de marzo de 2023, por la sociedad comercial INVERSIONES BRUSELAS SRL., contra la Resolución de Determinación de la Obligación Tributaria Retenciones del Impuesto Sobre la Renta GMPC No. 3006103 C/C, de fecha 19 de enero de 2023, dictada por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por haber sido interpuesto de conformidad con la ley. SEGUNDO: Rechaza, en cuanto al fondo, el referido recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad comercial INVERSIONES BRUSELAS SRL., en consecuencia, CONFIRMA la Resolución de Determinación de la Obligación Tributaria Retenciones del Impuesto Sobre la Renta GMPC No. 3006103 C/C, de fecha 19 de enero de 2023, en cuanto a los pagos por servicios a personas físicas no retenidos por un valor de RD$8,168,377.74, por las razones antes expuestos. TERCERO: DECLARA libre de costas el proceso. CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por secretaría general a las partes envueltas y a la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA. QUINTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, ordena, manda, pronuncia y firman. La presente sentencia fue firmada digitalmente, por los magistrados CLAUDIA MARIA PEÑA PEÑA, jueza presidenta en funciones; CECILIA BADÍA ROSARIO, jueza e ISMAEL N. RAMÍREZ S., Juez; que integran la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, y por CORAIMA C. ROMÁN POZO, secretaria general del Tribunal Superior Administrativo. "Certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmentente por el (los) juez(ces) y/o secretario (as) que figuran en la estampa”.

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 29 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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