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Sentencia 0030-1643-2023-SSEN-00289
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el recurso contencioso tributario depositado en fecha 25 de julio de 2022, por la entidad ASEGURANZA, S.R.L., contra Resolución de Reconsideración núm. RR-000488-2022, de fecha 21 de junio de 2022, dictada por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por cumplir con las leyes aplicables a la materia. 10 Artículo 50. Deberes Formales De Los Contribuyentes, Responsables Y Terceros. Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a facilitar las tareas de determinación, fiscalización, investigación y cobranza que realice la Administración Tributaria y en especial a cumplir los deberes formales señalados a continuación: f) Presentar las declaraciones que correspondan, para la determinación de los tributos, conjuntamente con los documentos e informes que exijan las normas respectivas y en la forma y condiciones que ellas indiquen. 11 Artículo 257. (Modificado por la Ley No. 495-06, del 28 de diciembre del 2006, de Rectificación Fiscal). El incumplimiento de los deberes formales será sancionado con multa de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.
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