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Sentencia 0030-1643-2023-SSEN-00366
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: RECHAZA el medio de inadmisión planteada por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por los motivos expuestos. SEGUNDO: DECLARA bueno y válido, en cuanto a la forma, el recurso contencioso tributario incoado por el señor PIÓ MARTIN VILLALONA, en fecha 20 de agosto del año 2019, contra la Resolución de Reconsideración núm. 1806-2018, de fecha 26 de diciembre de 2018, dictada por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII). TERCERO: RECHAZA en cuanto al fondo el recurso contencioso tributario, interpuesto por el señor PIÓ MARTIN VILLALONA, por carecer de elementos probatorios que sustenten sus alegatos, en consecuencia, confirma en todas y cada una de sus partes la Resolución de Reconsideración núm. 1806-2018, de fecha 26 de diciembre de 2018, emitida por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por estar fundamentada en derecho. CUARTO: Se DECLARA el presente proceso libre de costas. QUINTO: Se ORDENA la comunicación de la presente sentencia, por secretaría, a la parte recurrente, el señor PIÓ MARTIN VILLALONA, a la parte recurrida, DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) y a la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA. SEXTO: Se ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. La presente sentencia fue revisada, aprobada y firmada vía electrónica, por los magistrados FRANKLIN E. CONCEPCIÓN ACOSTA, Juez Presidente; RAMONA GUTIÉRREZ BATISTA, Jueza; e ISMAEL N. RAMÍREZ SANTANA, Juez, que integran la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, y por ANGELA R. GONZÁLEZ L., secretaria auxiliar del Tribunal Superior Administrativo.
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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 13 páginas. Se abre con una cuenta gratis.
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