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Sentencia 0030-1643-2024-SSEN-00250

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana · Quinta Sala
RecurrenteAlmagna SAS
contra
RecurridoDirección General de Impuestos Internos (DGII)
Sentencia0030-1643-2024-SSEN-00250
Expediente2023-0058033
Fecha2024-03-15
MateriaContencioso Tributario
Páginas16

Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA regular y válido, en cuanto a la forma, el recurso contencioso tributario incoado en fecha 1 de junio del 2023, por la sociedad comercial ALMAGNA, S.A.S., en contra de la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), por haber sido interpuesto conforme a la normativa vigente. SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo, el presente Recurso Contencioso Tributario. En consecuencia: CONFIRMA la resolución de reconsideración número RR-000275-2023 de fecha 16 del mes de marzo del año 2023, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos, (DGII), de conformidad con las consideraciones expuesta en la parte considerativa de la presente decisión. TERCERO: Declara el proceso libre de costas. CUARTO: Ordena que la presente sentencia sea comunicada por secretaría a la parte recurrente, la sociedad comercial ALMAGNA, S.A.S., a la parte recurrida DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) y a la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA. QUINTO: Ordena que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. Esta decisión fue adoptada de forma unánime por los jueces firmantes. La presente sentencia fue firmada digitalmente, en fecha quince (15) días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024), por los magistrados FRANKLIN E. CONCEPCIÓN ACOSTA, juez presidente; RAMONA GUTIÉRREZ BATISTA, jueza; e ISMAEL N. RAMÍREZ SANTANA, juez, que integran la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo, y por CORAIMA C. ROMÁN POZO, secretaria general del Tribunal Superior Administrativo. Fin del Documento. "Certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por los jueces y/o secretaria que figuran en la estampa”.

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El texto íntegro, con los motivos del tribunal y los alegatos de las partes, son 16 páginas. Se abre con una cuenta gratis.

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