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Sentencia 0030-1647-2021-SSEN-00141
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: RECHAZA por improcedente, el medio de inadmisión solicitado por la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII) y la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA. SEGUNDO: Declara regular y válido en cuanto a la forma, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por PALERMO BOLÍVAR PÉREZ UREÑA en su calidad de responsable solidario de PROVISIONES BOLÍVAR PÉREZ, S.R.L., contra la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS (DGII), ante este Tribunal, por cumplir con los requisitos necesarios y aplicables al efecto. TERCERO: ACOGE en cuanto al fondo el indicado recurso, en consecuencia: a) ANULA la Resolución No. 285/2018 de fecha 27 de abril del año 2018 emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII; b) ORDENA la suspensión de las medidas tendentes al cobro de la referida deuda tributaria hasta tanto dicha deuda sea cierta, líquida y exigible mediante sentencia con autoridad de cosa irrevocablemente juzgada; y c) ORDENA el levantamiento del embargo retentivo trabado mediante el acto No. 201/2018 de fecha 21 de mayo del año 2018, instrumentado por Wilmer de Js. Vargas A, notificador de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), por los motivos expuestos. CUARTO: Ordena la comunicación de la presente decisión, vía secretaría general, a la parte recurrente PALERMO BOLÍVAR PÉREZ UREÑA en su calidad de responsable solidario de PROVISIONES BOLÍVAR PÉREZ, S.R.L., a la DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS
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