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Sentencia 004-2010__2283-004
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA, bueno y válido el presente recurso interpuesto por BONANZA RENT A CAR, S. A., contra la Comunicación SGR No. 16003 de la Dirección General de Impuestos Internos, fecha 29 de marzo del 2007. SEGUNDO: REVOCA, en cuanto el fondo la Comunicación SGR No.16003 de fecha 29 de marzo del 2007, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos y en consecuencia, ordena a la Dirección General de Impuestos Internos que otorgue a la recurrente la exención temporal del Impuesto sobre los Activos por un periodo de tres (03) años a partir del ejercicio 2006. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia a la parte recurrente, BONANZA RENT A CAR, S. A., a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos, y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. YADIRA DE MOYA KUNHARDT Juez Presidente FRINETTE PADILLA JIMENEZ JULIAN HENRIQUEZ P. Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que Certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General La presente Sentencia de fecha DIECISIETE (17) días del mes de FEBRERO del año dos mil diez (2010), es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito. Esta certificación se expide a solicitud del PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los DIECISIETE (17) días del mes de FEBRERO del año dos mil diez (2010). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General
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