← Tribunal Superior Administrativo
Sentencia 005-2010__2161-005
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA, bueno y válido el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por OCCIFITUR DOMINICANA, S. A., en fecha 24 de abril del año 2007, en contra de la Comunicación OGC No. 16723, de fecha 2 de abril del año 2007, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la firma OCCIFITUR DOMINICANA, S. A., en fecha 24 de abril del 2007, contra la Comunicación OGC No. 16723, de fecha 2 de abril del año 2007, emitida por la Dirección general de Impuestos Internos (DGII), y en consecuencia CONFIRMA en todas sus partes la referida Comunicación OGC. No. 16723, por estar hecha de conformidad con la Ley. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría, a la parte recurrente OCCIFITUR DOMINICANA, S. A., a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Magistrado Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. YADIRA DE MOYA KUNHARDT Juez Presidente FRINETTE PADILLA JIMENEZ JULIAN A. HENRIQUEZ P. JuezJuez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la Sentencia que antecede por los Jueces antes mencionados, celebrando Audiencia Pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que Certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General
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