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Sentencia 00517-2014__4938-005
Lo que falló el Tribunal
PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma el Recurso Contencioso Tributario, incoado por la entidad POYPLAS DOMINICANA, C, por A., contra la Resolución de Reconsideración No. 123-09, de fecha 05 de mayo del 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: ACOGE en cuanto al fondo el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la entidad POYPLAS DOMINICANA, C, por A., en fecha 04 de junio de 2009, en consecuencia, REVOCA, parcialmente la Resolución de Reconsideración No. 123-09, de fecha 05 de mayo del 2009, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en relación a lo que tiene que ver con: a) la multa de RD$259,953.00 para el ejercicio fiscal 2005/2006; b) la reducción de saldo a favor en RD$311,943.00 producto de la fiscalización de 2005/2006; c) los recargos e intereses indemnizatorios que se hubiesen generados a raíz de los mismos con todas las consecuencias jurídicas que ello implique, por los motivos previamente desarrollados. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por secretaría, a la parte recurrente, entidad POYPLAS DOMINICANA, C, por A., a la parte recurrida Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y al Procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior Administrativo. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncian, ordenan, mandan y firman. RAFAEL CIPRIÁN Juez Presidente FRANKLIN CONCEPCIÓN ACOSTA FERNANDO FERNÁNDEZ CRUZ Juez Juez EVELIN GERMOSÉN Secretaria General Dada y firmada ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. EVELIN GERMOSÉN Secretaria General.
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