← Tribunal Superior Administrativo
Sentencia 007-1998__1329-007
Lo que falló el Tribunal
Primero: Ordenar, como al efecto se ordena, a la recurrente Celso Pérez, C. por A., el depósito de los originales del Cheque Certificado No. 18532 correspondiente al pago del Segundo Anticipo del año 1990 y en su defecto, el volante que compruebe la certificación del Cheque realizado por el Banco de Reservas; recibo de Pago No 017021 y su correspondiente formulario IR-5; así mismo se ordena a la Dirección General de Impuestos Internos el deposito de la certificación expedida por la Colecturía de Rentas Internas No. 1 de fecha 23 de noviembre de 1990, mediante la cual, según expresa la antigua Dirección General del Impuesto sobre la Renta, se atestigua que el pago de esos valores no fue recibido por dicha Colecturía. Segundo: Conceder, a la recurrente y a la Dirección General de Impuestos Internos un plazo simultaneo de veinte (20) días a partir de la notificación de la presente sentencia para los fines indicados en el ordinal 1ro. de esta sentencia; Tercero: Ordenar, como al efecto se ordenar la comunicación de la presente sentencia a la recurrente, Procurador General Tributario y Dirección General de Impuestos Internos mediante Secretaría. Y por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma, Firmado: Andrés Rodríguez M., Adanela Cedeño P., Judhit Contreras E., Miriam Castillo B. y María Altagracia Rosario, Ana Luisa Smith P., Secretaria. Dada y firmada ha sido la presente sentencia que antecede, por los señores Jueces antes mencionados celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria, que certifico. www.suprema.gov.do
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