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Sentencia 007-2010__2142-007

Tribunal Superior Administrativo de la República Dominicana
Sentencia007-2010__2142-007
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Lo que falló el Tribunal

PRIMERO: DECLARA, bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa BAT REPUBLICA DOMINICANA, en fecha 16 de julio del año 2008, en contra de la Resolución de Reconsideración No.149-08, de fecha 12 de junio del año 2008 dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). SEGUNDO: MODIFICA, en cuanto al fondo la Resolución de Reconsideración No.149-08 del 12 de junio del año 2008, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), en el sentido de revocar los Recargos por Mora que le fueron aplicados al período fiscal 2004, y ordenar a la Dirección General de Impuestos Internos que proceda a realizar el cálculo del interés indemnizatorio a partir de la fecha de la notificación de la Resolución No.149-08, como lo señala el precitado artículo 62 párrafo III del Código Tributario, confirmando en sus demás partes la Resolución recurrida. TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia por Secretaría a la parte recurrente BAT REPUBLICA DOMINICANA, a la Dirección General de Impuesto Internos (DGII), y al Procurador General Tributario y Administrativo. CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo. Y por esta nuestra Sentencia, así se pronuncia, ordena, manda y firma. SARA HENRIQUEZ MARIN Juez Presidente JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC FEDERICO E. FERNANDEZ Juez Juez GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General DADA Y FIRMADA ha sido la sentencia que antecede por los jueces antes mencionados, celebrando audiencia pública el mismo día, mes y año expresados, la que fue leída por mí, Secretaria que certifica. GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General La presente sentencia de fecha DOCE (12) del mes de ENERO del año DOS MIL DIEZ (2010) es copia fiel conforme a su original a cuya prueba me remito, la cual expido para ser notificada al PROCURADOR GENERAL TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO. En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los DOCE (12) días del mes de ENERO del año DOS MIL DIEZ (2010). GREISY RIJO GOMEZ Secretaria General

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